jueves, 14 de enero de 2010

HEREDEROS ABINTESTATO. HIJOS DE SOBRINO.

Ante el fallecimiento de una persona soltera, sin desecendencia y sin haber otorgado testamento, se debe solicitar la declaración de herederos abintestato en el Juzgado que sea circunscripción de la última residencia del finado. En el caso que nos ocupa, dicha persona tenia hermanos -que le habian sobrevivido-, hermanos fallecidos -que habian dejado descendencia-; y un sobrino, al que habiendo premuerto su padre -hermano del causante- había dejado descendencia. (Leer más en la nueva web)


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