Se ha
dado a conocer la Directiva 2013/48/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de
22 de Octubre de 2013 sobre el derecho a
la asistencia de letrado en los procesos penales y en los procedimientos
relativos a la orden de detención europea, y sobre el derecho a que se informe
a un tercero en el momento de la privación de libertad y a comunicarse con
terceros y con autoridades consulares durante la privación de libertad.
Básicamente,
viene a fijar los estándares europeos respecto a la asistencia letrada al
detenido, detallando con claridad el contenido de la asistencia que al detenido
debe realizar el abogado.
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